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Deducciones · Uber

Deducciones Uber México 2026: qué sí y qué no

Si estás en pago provisional, cada peso bien deducido baja tu ISR anual. Un conductor tiempo completo ahorra entre $1,500 y $2,500 mensuales declarando deducciones correctamente. Esta es la lista oficial — qué requiere CFDI, qué se deprecia, qué nunca acepta el SAT.

Importante: las deducciones solo aplican si estás en pago provisional. En pago definitivo (el más simple, retención = impuesto final), NO se restan gastos. Decide el régimen al inicio del ejercicio fiscal — cambiar a media marcha tiene fricción con el SAT.

Pago provisional vs definitivo: cuál te conviene

Pago definitivo: Uber retiene 2.1% ISR + 50% del IVA causado. Esa retención es tu impuesto final. No declaras deducciones, no presentas ISR anual por estos ingresos. Más simple. Conviene si tus gastos son bajos (manejas con auto compartido, gasolina mínima, sin financiamiento del vehículo).

Pago provisional: Las retenciones son a cuenta de tu impuesto anual. Calculas tu ISR mensual sumando ingresos - deducciones, restas lo que Uber retuvo, y pagas la diferencia (o tienes saldo a favor). Conviene si tus deducciones superan 30-40% de tus ingresos. Requiere contabilidad más detallada.

Gastos 100% deducibles (con CFDI)

Concepto % deducible Detalle
Gasolina y diesel100%Pagar con tarjeta + facturar con tu RFC en la app de la estación (Pemex, Mobil, Shell, BP). 24-72h para facturar el ticket.
Mantenimiento mecánico100%Aceite, frenos, suspensión, transmisión. Talleres con RFC válido (la mayoría de cadenas: Pep Boys, Master Lube, agencias).
Llantas100%Costco, Bridgestone, Goodyear emiten CFDI. Si pagas con tarjeta de débito, casi siempre.
Comisión Uber (~25%)100%Uber emite CFDI mensual a tu RFC con el desglose. La descargas desde tu cuenta o llega a tu Buzón Tributario.
Seguro del vehículo100%Póliza a tu nombre, prorrateada por meses. Aseguradoras: GNP, Qualitas, AXA, MetLife.
Tenencia, refrendo, verificación100%Recibo oficial del gobierno estatal. No requiere CFDI tradicional.
Plan de datos del teléfono50-80%Proporción de uso para Uber. Si usas 80% para trabajo, deduces 80% del plan. CFDI mensual del proveedor.
Lavados y detallados100%Lavados, encerados. CFDI del establecimiento. Si la calidad del servicio impacta tu rating, es gasto necesario.

Compra del vehículo: depreciación

La compra del vehículo NO se deduce en un solo año. Se aplica depreciación al 25% anual (LISR Art. 34, fracción VI), distribuyendo el costo en 4 años.

Ejemplo: compras un Nissan Versa 2024 por $300,000 (factura a tu RFC). Cada año deduces $75,000. Si vendes el vehículo antes de los 4 años, deduces el saldo pendiente menos el valor de venta. El vehículo debe estar 100% afecto a tu actividad (≥80% de los kilómetros para Uber).

Gastos PARCIALMENTE deducibles

  • Plan de teléfono: según proporción de uso (típico 50-80%).
  • Internet en casa: solo si trabajas desde casa preparando o reportando viajes — proporción de uso 20-30%.
  • Estacionamiento en sitios de espera (aeropuerto, centros comerciales): 100% si el ticket lleva tu RFC.

Gastos NO deducibles (aunque te lo digan)

Multas de tránsito

El CFF prohíbe deducir cualquier sanción. Ni alcoholímetro, ni infracciones, ni recargos del SAT.

Comidas en viajes largos

El SAT lo considera gasto personal. Solo aplica deducción de viáticos si tu actividad es de transporte foráneo formal — Uber urbano no califica.

Café, snacks, bebidas para pasajeros

No es necesario para prestar el servicio. El SAT lo rechaza en auditoría.

Ropa "para trabajar"

No hay uniforme oficial Uber, así que la ropa que usas es personal. Salvo accesorios específicos (gorra de la marca si hubiera).

Pagos a "ayudantes" o "asistentes" sin RFC

Si pagas a alguien para que te ayude con limpieza, mantenimiento o conducción, debe darte recibo de honorarios formal con su RFC. Sin eso, no procede.

Reglas de oro para deducir

  1. 1. CFDI siempre. Sin factura electrónica válida, no hay deducción. Tickets, notas de remisión o recibos en papel no son válidos para el SAT desde el CFDI 4.0.
  2. 2. Pago con medio bancario. Gastos >$2,000 MXN deben pagarse con tarjeta, transferencia o cheque nominativo. Efectivo encima de ese monto NO es deducible (LISR Art. 27, fracción III).
  3. 3. Conserva 5 años. El SAT puede revisar tus deducciones hasta 5 años después. Guarda CFDI digitales en respaldo en la nube.
  4. 4. El gasto debe ser indispensable para tu actividad. Si en auditoría te preguntan "¿cómo se relaciona este gasto con manejar Uber?", debes tener respuesta clara.
  5. 5. Bitácora de uso del vehículo. Si el vehículo también es personal, lleva registro de kilometraje Uber vs personal. Las pantallas de la app sirven como evidencia.

Preguntas frecuentes

¿Cuándo puedo deducir gastos como conductor Uber? +

Solo en pago provisional. Si eliges pago definitivo (la retención mensual es tu impuesto final), NO se restan deducciones. Pago provisional conviene cuando tus deducciones superan ~30% de tus ingresos.

¿Puedo deducir el vehículo si está a nombre de otra persona? +

No. El vehículo debe estar a tu nombre (titular en factura y tarjeta de circulación) para deducir compra, gasolina y mantenimiento. Excepción: si el vehículo es de tu cónyuge bajo sociedad conyugal, puede aplicar — consulta con contador.

¿Cómo factura una estación de gasolina con mi RFC? +

Después de cada carga, pides el ticket. En la app o sitio de la estación (Pemex, Mobil, Shell, BP, etc.) capturas el número de ticket, fecha y tu RFC. Tienes 24-72 horas para facturar antes de que se cierre el periodo.

¿Las multas y tenencia se pueden deducir? +

Multas NO se deducen nunca (regla general del CFF). Tenencia y refrendo SÍ son deducibles si pagas con recibo oficial del gobierno. Verificación vehicular también.

¿Cuánto ahorro real obtengo con deducciones bien hechas? +

Un conductor Uber tiempo completo ($20-30k/mes brutos) con todos sus gastos facturados (gasolina, mantenimiento, comisión Uber, seguro, depreciación) puede pasar de pagar ~25% efectivo de impuesto a ~12-15% al optar por pago provisional. Eso son $1,500-2,000 menos al mes.

Para profundizar

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  • DOF · Reformas y miscelánea fiscal
  • IMCP · Boletín técnico oficial
  • PRODECON · Criterios del defensor del contribuyente
  • AMEXIPAC · Anexo 20 y CFDI 4.0

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