Constancia de Situación Fiscal 2026: ya no te la pueden pedir para facturar
Desde enero 2026 exigir la Constancia de Situación Fiscal para facturar es infracción (art. 83-IX CFF) con multa de hasta $122,440. Conoce la nueva Cédula de Datos Fiscales del SAT: solo 3 datos, sin cita, en 3 horas.
Si un negocio te pidió tu Constancia de Situación Fiscal (CSF) para hacerte una factura, tienes derecho a negarte. Desde el 1 de enero de 2026 condicionar la emisión de un CFDI a que entregues tu Constancia (o tu Cédula de Identificación Fiscal) es una infracción sancionable. Y para compartir solo lo indispensable, el SAT lanzó un documento nuevo y minimalista: la Cédula de Datos Fiscales.
Esta guía aclara qué cambió realmente (hay mucha nota imprecisa circulando), qué documento usar hoy, y qué datos sí necesita quien te factura.
Lo que cambió en 2026 (y lo que NO)
Aclaremos el mito primero: la CSF nunca fue un requisito legal para facturar. Los datos que el emisor necesita del receptor están en el artículo 29-A del Código Fiscal de la Federación (CFF) y en el Anexo 20, desde que entró el CFDI 4.0 en enero de 2022. Nunca hizo falta el PDF de la Constancia; bastaban los datos.
Lo que sí es novedad 2026 es que ahora exigir la CSF o la CIF como condición para facturar es una conducta infractora. El cambio llegó por la reforma al CFF publicada en el Diario Oficial de la Federación el 7 de noviembre de 2025, con entrada en vigor el 1 de enero de 2026.
- Fundamento: se reformó el artículo 83, fracción IX del CFF para sancionar condicionar la expedición de un CFDI a la exhibición de la Cédula de Identificación Fiscal (CIF) o de la Constancia de Situación Fiscal (CSF).
- Sanción: conforme al artículo 84, fracción VI del CFF, la multa para 2026 se ubica en el rango de aproximadamente $21,420 a $122,440 por infracción. En caso de reincidencia, puede haber clausura preventiva del establecimiento de 3 a 15 días.
Nota de rigor: el monto exacto se actualiza cada año por inflación (INPC). Antes de tomarlo como definitivo para tu caso, conviene contrastar el texto vigente del art. 84-VI contra la publicación del DOF, porque los montos que citó la prensa a inicios de 2026 variaban ligeramente entre fuentes.
Entonces, ¿qué datos sí se necesitan para facturar?
Por el CFDI 4.0 (art. 29-A CFF + Anexo 20), quien te factura solo necesita cinco datos del receptor:
- RFC (correcto y vigente)
- Nombre o razón social, exactamente como lo tiene registrado el SAT
- Régimen fiscal
- Código postal de tu domicilio fiscal
- Uso del CFDI
Nada de esto exige entregar el PDF completo de tu Constancia (que además trae tu CURP, domicilio completo, todas tus obligaciones y actividades económicas — información sensible que no tiene por qué ver un comercio).
La nueva Cédula de Datos Fiscales
Para compartir únicamente lo necesario, el SAT publicó la Cédula de Datos Fiscales (ficha de trámite oficial 03655 en el Portal SAT). Es la respuesta directa al problema de “no quiero dar mi Constancia completa, pero sí necesito facturar”.
Qué contiene: solo nombre, código postal y régimen fiscal — justo los datos para facturar, sin la información personal que sobra.
| Constancia de Situación Fiscal | Cédula de Datos Fiscales | |
|---|---|---|
| Nombre y RFC | Sí | Sí |
| Régimen y código postal | Sí | Sí |
| CURP, domicilio completo | Sí | No |
| Obligaciones y actividades | Sí | No |
| Para quién | Todos | Solo personas físicas |
| Costo | Gratis | Gratis |
Cómo se obtiene (100% en línea, sin cita):
- Entra a la ficha de trámite de la Cédula de Datos Fiscales en el Portal SAT.
- Captura tu RFC o tu CURP y acepta los términos.
- El sistema busca los correos que tienes registrados en las plataformas del SAT y te deja elegir uno.
- Llega un enlace temporal (válido 3 horas) para descargar el documento.
Fundamento legal (citado en la propia ficha del SAT): artículos 29 y 29-A del CFF, la regla 2.7.1.48 de la Resolución Miscelánea Fiscal vigente y su Anexo 1-A, y la ficha de trámite 322/CFF.
Un error común que conviene evitar
Varias notas de prensa dicen que la Cédula de Datos Fiscales “sustituye” o “es lo mismo” que la CIF o la CSF. No es exacto. La CSF sigue existiendo y se genera con normalidad; la CIF es la hoja con QR que viene dentro de la CSF. La Cédula de Datos Fiscales es un documento nuevo y distinto, pensado para compartir a terceros solo lo mínimo. Coexisten.
¿Y para la nómina?
Aplica el mismo principio: un patrón no puede condicionar el timbrado de tu recibo de nómina a que le entregues tu Constancia. Si necesita tus datos de RFC como trabajador, existe el canal oficial en la Miscelánea para ello. Exigir el PDF de la CSF cae en la misma infracción del art. 83-IX.
Cómo obtener tu Constancia completa (cuando sí la necesitas)
La CSF sigue siendo útil para trámites que sí la piden (créditos, alta de proveedor, etc.). La generas gratis:
- Portal SAT → Otros trámites y servicios → Genera tu Constancia de Situación Fiscal.
- SAT ID / SAT Móvil desde el celular.
- En oficina con cita previa.
Por cualquier canal es gratuita, y el documento descargado ya incluye la CIF con su código QR.
En resumen
- Desde enero 2026, que te exijan la Constancia para facturar es una infracción (art. 83-IX CFF), con multa de hasta ~$122,440.
- Para facturar solo hacen falta 5 datos, no el PDF de tu Constancia.
- La Cédula de Datos Fiscales (nombre, CP, régimen) es la forma segura de compartir lo mínimo: gratis, sin cita, en 3 horas.
- La Constancia completa sigue existiendo para los trámites que sí la piden.
Esta guía es informativa y se basa en la reforma al CFF publicada en el DOF el 7 de noviembre de 2025 y en la ficha de trámite 03655 del SAT. No sustituye la asesoría de un profesional para tu caso particular. Verifica montos y reglas contra el texto vigente antes de tomar decisiones.
¿Listo para automatizarlo?
Termina de leer. Tu fiscal sigue donde la dejaste.
Todas las fechas SAT en un calendario interactivo. Recordatorios incluidos. Cancelas cuando quieras, sin plazos forzosos. Migración gratis al contratar.
Antes de pedir cita, intenta resolverlo en línea
Contarito guarda tu CIEC, descarga tu CSF al instante, valida la vigencia de tu e.firma y te avisa si tu trámite requiere presencia.