Retenciones de plataformas digitales 2026: tabla actualizada (Uber, DiDi, Rappi, MercadoLibre, Airbnb)
Tabla maestra de retenciones ISR e IVA 2026 por plataforma. El único cambio real: la enajenación de bienes sube de 1% a 2.5%. Transporte 2.1%, hospedaje 4%, sin RFC 20%. Con fundamento legal.
Si ganas por Uber, DiDi, Rappi, MercadoLibre, Amazon o Airbnb, la plataforma te retiene ISR e IVA antes de pagarte. Para 2026 hubo un solo cambio de tasa —y no es el que la mayoría de los blogs reporta—. Esta es la tabla maestra con el fundamento de cada número.
La tabla maestra 2026 (con tu RFC registrado)
| Actividad | Plataformas | ISR retenido | IVA retenido |
|---|---|---|---|
| Transporte y entrega | Uber, DiDi, inDrive, Rappi (envíos) | 2.1% | 8% |
| Hospedaje | Airbnb, Booking, Expedia | 4% | 8% |
| Venta de bienes | MercadoLibre, Amazon, Etsy, Tiendanube | 2.5% ⬆️ | 8% |
| Sin RFC (cualquiera) | Todas | 20% | 16% |
El único cambio de 2026: la venta de bienes subió de 1% a 2.5% de ISR. Transporte (2.1%) y hospedaje (4%) siguen igual.
El detalle que casi todos reportan mal
Muchas guías dicen que “se reformó el artículo 113-A de la Ley del ISR”. No es cierto. El historial oficial de la Cámara de Diputados muestra que la última reforma a la Ley del ISR es del 1 de abril de 2024, y a la Ley del IVA del 12 de noviembre de 2021. El texto del artículo 113-A sigue diciendo 1% para venta de bienes.
Entonces, ¿de dónde sale el 2.5%? De la Ley de Ingresos de la Federación 2026, publicada en el DOF el 7 de noviembre de 2025, que sobrescribe temporalmente la tasa base para el ejercicio. Es un override anual, no una reforma permanente a la ley. Este matiz importa: si el año que viene la Ley de Ingresos no lo renueva, la tasa base vuelve a su texto original.
Nota de rigor: el consenso de las grandes firmas fiscales (EY, Holland & Knight, KPMG, IDC) confirma que el 2.5% opera vía la Ley de Ingresos 2026. El artículo o transitorio exacto dentro de esa ley conviene contrastarlo directamente contra el DOF del 7 de noviembre de 2025 antes de citarlo como definitivo.
Por qué el IVA es 8% (y no una “tasa especial”)
El 8% de IVA no es una tasa reducida. Es que la plataforma retiene la mitad del IVA del 16% que tú trasladas. Fundamento: artículo 18-J, fracción II, inciso a) de la Ley del IVA. Si no diste tu RFC, la plataforma retiene el 100% del IVA (16%) y castiga el ISR al 20%.
Ejemplo: por qué registrar tu RFC lo cambia todo
Un conductor que gana $10,000 al mes:
- Con RFC: $210 de ISR (2.1%) + $800 de IVA (8%) = $1,010 retenidos.
- Sin RFC: $2,000 de ISR (20%) + $1,600 de IVA (16%) = $3,600 retenidos.
La diferencia es de $2,590 al mes por un trámite gratuito. Registra tu RFC en la plataforma y entrega tus datos correctos: es lo más rentable que puedes hacer.
El límite de $300,000: pago definitivo vs provisional
Aquí está la decisión que casi nadie entiende bien (art. 113-A y 113-B LISR):
- Si tu total de ingresos (plataformas + sueldos + intereses) no rebasa $300,000 al año, puedes optar por que las retenciones sean pago definitivo: no presentas declaración mensual ni anual por esos ingresos… pero no puedes deducir gastos.
- Si superas $300,000 (o no eliges esa opción), las retenciones son pagos provisionales: declaras cada mes (día 17) y haces tu anual, y ahí sí puedes deducir gasolina (pagada con tarjeta/transferencia), mantenimiento, seguro proporcional, plan de datos y la depreciación del vehículo.
La opción de pago definitivo se avisa al SAT y, una vez elegida, no se puede cambiar en 5 años. Piénsalo bien: si tienes muchos gastos deducibles, el esquema provisional puede convenirte más.
Novedades 2026 que sí te afectan
- Venta de bienes: ISR de 1% a 2.5% (MercadoLibre, Amazon, Etsy). El IVA NO subió: sigue en 8%. Es la confusión más común en foros.
- IVA al 100% para pagos a cuentas en el extranjero (relevante para sellers cross-border en Amazon).
- IMSS e INFONAVIT obligatorios para conductores y repartidores desde el 1 de enero de 2026, con umbrales de ingreso neto según el vehículo (referencias de prensa: ~$14,000/mes en moto; ~2 salarios mínimos en auto). Conviene cotejar los montos exactos con el acuerdo de la STPS en el DOF.
- El SAT vigila en tiempo real: la RMF 2026 obliga a las plataformas a tener disponible cada operación (tu RFC, precio, IVA) para el SAT casi en el momento. La era de “no se van a dar cuenta” terminó.
Las dudas más frecuentes (de foros reales)
- “¿El IVA también subió?” → No. Solo el ISR de venta de bienes. El IVA sigue en 8%.
- “¿Ya me están reteniendo el nuevo porcentaje?” → Sí, desde enero 2026 en venta de bienes. Revisa tu CFDI de retenciones mensual.
- “Me retienen 20%, ¿por qué?” → No tienes RFC registrado o está mal. Corrígelo ya.
- “¿Puedo deducir?” → Solo si estás en pago provisional (no en definitivo).
Qué debes hacer tú
- Inscríbete en el RFC con régimen “Plataformas Tecnológicas” y entrega tu RFC/Constancia a la plataforma.
- Emite CFDI por tus ingresos y guarda los CFDI de retenciones que emite la plataforma (5 años).
- Elige tu esquema (definitivo o provisional) según tus gastos deducibles.
- Guarda tu constancia anual (la plataforma la emite en febrero).
Guía informativa basada en el art. 113-A y 113-B de la LISR, el art. 18-J de la LIVA y la Ley de Ingresos de la Federación 2026 (DOF 07-nov-2025). Las tasas por override anual y los umbrales de IMSS pueden cambiar; verifica contra el DOF vigente. No sustituye asesoría profesional para tu caso.
¿Listo para automatizarlo?
Termina de leer. Tu fiscal sigue donde la dejaste.
Captura tu ingreso bruto y mira cuánto te queda después de retenciones. Cancelas cuando quieras, sin plazos forzosos. Migración gratis al contratar.
Lo que la plataforma te retiene también cuenta
Contarito lee tus CFDIs del SAT, identifica retenciones de la plataforma y calcula tu pago provisional con comisiones ya deducidas.