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Glosario · tramite

Buzón Tributario

La bandeja de entrada oficial del SAT — tu canal legal de comunicación con la autoridad.

También conocido como: Buzón Tributario SAT

El Buzón Tributario es la bandeja oficial del SAT donde te llegan invitaciones, requerimientos, oficios y resoluciones. Si no lo revisas, te enteras tarde — y “no me llegó” no es defensa legal.

Por qué importa

Las notificaciones que el SAT te manda al Buzón tienen plena validez legal. Si te llega un requerimiento y no respondes en 15 días, vienen las multas y créditos fiscales presuntivos.

Cómo activarlo

  1. Entra a sat.gob.mx con e.firma o CIEC.
  2. “Mi portal” → “Buzón Tributario”.
  3. Registra tu correo electrónico y celular oficial.
  4. El SAT te manda código de confirmación. Lo capturas y queda activado.

Sin Buzón activado, eres infractor. Es obligatorio desde 2014 para todos los contribuyentes activos.

Qué tipo de comunicaciones llegan ahí

  • Invitaciones a regularizar (las amables).
  • Requerimientos de información (las serias — 15 días para responder).
  • Resoluciones (positivas o negativas en una solicitud que hiciste).
  • Notificación de créditos fiscales presuntivos.
  • Notificación de embargos o auditorías.

Buena práctica

Configura el Buzón para que te llegue alerta por email cada vez que entra algo nuevo. Revisa al menos cada 7 días. Si tienes contador externo, dale acceso de solo lectura para que él también monitoree.

En Contarito

Contarito monitorea tu Buzón Tributario en tiempo real (con tu CIEC o e.firma) y te avisa por correo y push notification cada vez que entra una comunicación nueva. Así nunca te enteras tarde.

Newsletter fiscal

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Cada semana curamos lo que el SAT publica, lo que aparece en el DOF y lo que dictan IMCP y PRODECON. Sin spam, sin opiniones, sin filtros corporate. Un correo, lo que cambió, qué tienes que hacer.

Fuentes oficiales que monitoreamos

  • SAT · Boletines, criterios, plan maestro
  • DOF · Reformas y miscelánea fiscal
  • IMCP · Boletín técnico oficial
  • PRODECON · Criterios del defensor del contribuyente
  • AMEXIPAC · Anexo 20 y CFDI 4.0

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