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inversiones

Impuestos por inversiones en México 2026: GBM, CETES, ETFs y dividendos

Cómo se gravan ganancias bursátiles en México: ISR sobre dividendos, ganancia capital de venta de acciones, CETES, fondos, ETFs internacionales (Nasdaq vía SIC), y la tasa retenida especial del 10%.

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Equipo Contarito · Editorial fiscal
· Publicado 8 de mayo de 2026 · 12 min de lectura

Si invertiste en GBM, Kuspit, Actinver, Bursanet, CETES Directo o cualquier broker mexicano en 2026, tienes 4-5 tipos de ingreso fiscalmente distintos: dividendos, intereses, ganancia de capital por venta de acciones, ganancia por venta de fondos/ETFs y rendimiento del SIC (Sistema Internacional de Cotizaciones) para acciones de USA. Esta guía cubre cómo se grava cada uno y cómo no perder el saldo a favor que típicamente queda.

Los 4 tipos de ingreso por inversión

1. Intereses (CETES, bonos, deuda)

Tasa retenida: 0.50% sobre el monto promedio invertido (Art. 54 LISR). Esta retención la hace el broker (o BANXICO en CETES Directo) y la entera al SAT por ti.

Tu obligación: declarar los intereses reales ganados en tu declaración anual. La retención del 0.50% se acredita.

CETES Directo invertido $100,000 promedio = retención $500/año
Intereses generados (a tasa 9% anual) = $9,000
ISR causado (tabla anual progresiva) ≈ $1,800-$2,700 según tu nivel total ingresos
ISR retenido (acreditable) = $500
ISR a pagar adicional = $1,300-$2,200

Tip: en CETES Directo el rendimiento ya es bruto; tú declaras el bruto y aplicas la retención del 0.50%.

2. Dividendos

Cuando una empresa paga dividendos (efectivo o en acciones) a personas físicas:

  • Si la empresa pagó CUFIN (Cuenta de Utilidad Fiscal Neta): el dividendo viene acreditado del 30% pagado por la empresa. Tú declaras el dividendo + el ISR ya pagado, lo acreditas y NO pagas más.
  • Adicionalmente, una retención del 10% sobre el dividendo es definitiva (Art. 140 LISR). Esa retención NO se acredita — es impuesto adicional definitivo del accionista.
Dividendo recibido: $50,000
ISR adicional 10% retenido por la empresa: $5,000 (definitivo)
Lo que recibes: $45,000
En tu anual: declaras $50,000 + acreditas la retención del 10% pero no la recuperas.

3. Ganancia de capital por venta de acciones de la BMV (Bolsa Mexicana de Valores)

Las ventas de acciones que cotizan en BMV tienen tasa especial 10% (Art. 129 LISR) sobre la ganancia neta del año (ganancias menos pérdidas):

Compraste 100 acciones BIMBO a $50 = $5,000 invertido (más comisiones)
Vendiste a $70 = $7,000 (menos comisiones de venta)
Ganancia neta: ~$1,950 después de comisiones
ISR 10% definitivo: $195

El broker te retiene la tasa al momento de venta. Tu obligación: declarar en anual con la Constancia anual del broker que detalla todas las operaciones.

Pérdidas se compensan: si vendiste con pérdida algunas acciones y con ganancia otras, en tu anual la pérdida reduce la ganancia. Si terminó pérdida neta, se puede arrastrar 10 años para futuras ganancias.

4. SIC (Sistema Internacional de Cotizaciones) — acciones de USA y otros mercados

Las acciones de Apple, Tesla, NVDA, etc. compradas vía broker mexicano (GBM, Actinver, Bursanet) cotizan en el SIC. Tienen tratamiento fiscal distinto al BMV:

  • Ganancia de capital: tasa progresiva como cualquier otro ingreso (puede llegar al 35%).
  • Dividendos: retención USA al 30% (que puedes bajar a 10% con W-8BEN), más declaración en MX como ingreso acumulable.

El SIC NO tiene la tasa especial del 10% — es lo más caro fiscalmente para inversores PF.

Constancias que necesitas en febrero/marzo

Cada broker emite Constancia anual descargable desde su app:

  • GBM: app GBM+ → Documentos
  • Kuspit: portal → Constancias
  • Actinver: portal → Anexos fiscales
  • Bursanet: portal → Documentos
  • CETES Directo (Banxico): portal → Constancias

La constancia detalla:

  • Total de operaciones (compras + ventas)
  • Ganancia/pérdida del ejercicio (BMV vs SIC desglosado)
  • ISR retenido (separado por tipo)
  • Dividendos cobrados con su retención

Sin la constancia, tu declaración anual de inversiones no cuadra.

Fondos de inversión y ETFs locales (BMV)

Fondos abiertos (de GBM Asset Management, Actinver, Banorte, etc.): se compran y venden a “valor cuota”. Cada vez que vendes participaciones, generas ganancia/pérdida tratada como ganancia de capital BMV (10% definitivo) si el fondo invierte en MX, o como ingreso ordinario si invierte en USA.

ETFs mexicanos (NAFTRAC, MEXTRAC, etc.): tratados como acciones BMV → tasa especial 10%.

ETFs extranjeros vía SIC (VOO, QQQ, SPY): SIC → tasa progresiva.

Saldo a favor del año: cómo recuperarlo

Es muy típico que tengas saldo a favor después de declaración anual por inversiones. Causas:

  1. La retención del 0.50% sobre intereses fue mayor que tu ISR causado (si tienes pocos otros ingresos).
  2. Compensación de pérdidas redujo tu ISR causado pero ya te habían retenido todo el año.

Cómo recuperarlo:

  • Solicitar devolución automática en la declaración anual (marca casilla “solicitar devolución”).
  • El SAT deposita en 30-40 días si todo cuadra.
  • Si el saldo es > $10,000, te puede pedir aclaración (responde por buzón tributario).

Errores típicos del inversor mexicano

  1. No declarar los intereses de CETES Directo. La retención del 0.50% no es definitiva — debes declarar el interés bruto en anual.
  2. Ignorar el SIC porque “es de afuera”. El SAT te exige declararlo en anual; cruza con el broker.
  3. No usar W-8BEN para acciones SIC. Pierdes el tratado MX-USA y te retienen 30% en lugar de 10% sobre dividendos.
  4. Olvidar pérdidas para compensar. Pérdidas BMV no compensadas se pierden si no las declaras correctamente.
  5. Declarar dividendos sin acreditar el ISR pagado por la empresa (CUFIN). Pagas dos veces.

¿Y si invierto en USA directamente (Schwab, Fidelity, IBKR)?

Si tu broker es directamente extranjero (no via SIC mexicano):

  • Tienes obligación de reportar ingresos extranjeros en tu anual mexicana.
  • Si la cuenta tuvo saldo > $50,000 USD en cualquier momento del año, posible obligación FBAR USA.
  • CARF (2026) extiende reporte automático a brokers de la mayoría de países OCDE — el SAT lo va a saber.

Lo correcto: declarar todos los ingresos en MX, acreditar la retención USA bajo tratado, y mantener registros impecables.

Para profundizar

Tags: inversionesgbmcetesetfsdividendossicmexico

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