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Glosario · concepto

Acreditamiento

Restar un impuesto pagado contra otro impuesto causado — IVA acreditable, retenciones, ISR pagado en el extranjero.

También conocido como: IVA AcreditableCrédito Fiscal

El acreditamiento es restar contra el impuesto que debes pagar otro impuesto que ya pagaste previamente o que te fue retenido — para evitar pagar el mismo impuesto dos veces.

Caso 1 — IVA acreditable

Cuando compras bienes o servicios para tu actividad gravada, el IVA que pagaste a tu proveedor lo acreditas contra el IVA que debes pagar al SAT.

IVA causado    (ventas × 16%)         = $16,000
IVA acreditable (compras × 16%)       = -$10,000
                                       --------
IVA a pagar al SAT                    =  $6,000

Requisitos para acreditar IVA:

  1. Que el IVA esté trasladado expresamente y por separado en CFDI.
  2. Que la operación sea estrictamente indispensable para tu actividad.
  3. Que el IVA esté efectivamente pagado (no solo facturado).
  4. Que la deducción sea aceptable para ISR.

Si tienes actividades exentas, sólo puedes acreditar IVA en proporción a tus ingresos gravados.

Caso 2 — Retenciones acreditables

Cuando facturas a una persona moral, te retienen ISR (10%) e IVA (10.6667%). Esa retención es a tu favor — la acreditas en tu declaración mensual.

ISR causado del mes                   = $5,000
ISR retenido por clientes M           = -$3,000
                                       --------
ISR a pagar al SAT                    =  $2,000

Si las retenciones son mayores que tu ISR causado, te queda saldo a favor que solicitas anual.

Caso 3 — Subsidio para el Empleo (asalariados)

El subsidio que recibe el trabajador se acredita contra el ISR que el patrón debería retenerle.

Caso 4 — Acreditamiento internacional

Si pagaste impuestos en otro país por ingresos que también declaras en México (residentes en MX con ingresos en USA), puedes acreditar parcialmente lo pagado en el extranjero — hasta el monto del ISR mexicano causado por ese mismo ingreso.

Caso 5 — Acreditamiento contra ISR

  • IVA pagado pero no acreditable (porque la actividad es exenta) puede a veces tomarse como deducción en ISR.
  • Pagos a cuenta del ISR (provisionales) se acreditan contra el ISR del ejercicio.

Errores comunes

  • Acreditar IVA de gastos personales (gasolina del auto familiar, despensa) — el SAT lo detecta vía CFDI y rechaza, con recargos.
  • Acreditar el IVA antes de pagar la factura efectivamente — solo se acredita cuando la operación está pagada.
  • No conservar los CFDI originales — el SAT puede pedirlos hasta 5 años atrás.
  • Confundir acreditamiento con compensación — son mecanismos distintos.

Acreditamiento vs Compensación

AcreditamientoCompensación
ConceptoRestar impuesto pagado contra mismo impuestoRestar saldo a favor de un impuesto contra otro
Mismo impuestoSí (IVA contra IVA, ISR contra ISR)No (ISR a favor contra IVA, etc.)
Disponibilidad 2026Sí, sin restriccionesRestringida (eliminada compensación universal en 2019)

Para profundizar

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