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Glosario · regimen

Sueldos y Salarios

Régimen fiscal de los trabajadores subordinados — empleados con contrato laboral y patrón.

También conocido como: Régimen de Sueldos y SalariosAsalariadosTrabajadores

El régimen de Sueldos y Salarios aplica a personas físicas que trabajan subordinadas a un patrón —empresa, gobierno o persona física con actividad empresarial— bajo relación laboral con contrato.

¿Cómo se distingue de Honorarios?

Sueldos y SalariosHonorarios
SubordinaciónSí (jefe, horario, lugar de trabajo)No (independiente)
ContratoLaboralCivil de prestación de servicios
Seguridad socialIMSS obligatorioNo
Aguinaldo, vacaciones, PTUNo
ISRTabla mensual + bonoTabla anual

Si tu “freelance” tiene horario fijo, jefe directo y oficina obligatoria, fiscalmente es Sueldos y Salarios disfrazado de Honorarios — y el SAT puede recaracterizar.

ISR — cómo se calcula

El patrón te retiene ISR cada mes con la tabla del Art. 96 LISR, considerando subsidio para el empleo si aplicas. Tu CFDI de nómina muestra el desglose.

Al final del año, el patrón te entrega tu constancia de retenciones que usas en tu declaración anual.

Subsidio para el Empleo

Si tu sueldo está por debajo de cierto tope, el patrón te paga subsidio además del salario, que reduce tu ISR efectivo. El subsidio sale del SAT, no del patrón.

Asimilados a Salarios

Algunas relaciones que no son técnicamente laborales pero se tratan como Sueldos y Salarios para efectos fiscales:

  • Comisionistas mercantiles personas físicas
  • Miembros de consejo, administradores, comisarios (cuando reciben honorarios fijos)
  • Personas físicas que prestan servicios profesionales preponderantemente a una sola empresa

¿Tienes que declarar anual?

Sí, obligatoriamente, si:

  • Tuviste 2 o más patrones en el año
  • Tu ingreso anual rebasó $400,000
  • Recibiste otros ingresos además del sueldo (intereses, plataformas, honorarios)
  • Quieres aplicar deducciones personales (médicos, colegiaturas, intereses hipotecarios)

Opcional si tuviste un solo patrón todo el año y ganaste menos de $400,000.

Deducciones personales (anuales)

  • Gastos médicos (incluye dentales y hospitalarios)
  • Honorarios médicos
  • Colegiaturas (preescolar–prepa)
  • Intereses hipotecarios reales
  • AFORE complementario
  • Donativos autorizados
  • Seguros médicos privados
  • Funerarios

Tope: el menor entre 15% de tus ingresos o 5 UMA anuales (~$213,973 MXN 2026 según RMF vigente).

Errores comunes

  • No declarar anual cuando tuviste 2 patrones — el SAT lo detecta y te llega requerimiento.
  • No actualizar tu RFC ante el SAT cuando cambias de patrón.
  • Olvidar deducciones que sí aplican (gastos médicos del cónyuge, hijos, padres si dependen de ti económicamente).

Para profundizar

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Fuentes oficiales que monitoreamos

  • SAT · Boletines, criterios, plan maestro
  • DOF · Reformas y miscelánea fiscal
  • IMCP · Boletín técnico oficial
  • PRODECON · Criterios del defensor del contribuyente
  • AMEXIPAC · Anexo 20 y CFDI 4.0

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