Paquete Económico 2027: qué propone para RESICO
Iniciativa del Paquete Económico 2027, pendiente de aprobación y del DOF: RESICO hasta $5 millones, IVA opcional de 7%, plataformas e intereses.
Que el cambio no te agarre desprevenido. Contarito trae tus facturas del SAT, calcula tu declaración del mes con las reglas vigentes y la presentamos por ti.
También te sirve: Calcular mi ISR de RESICO →
Es una iniciativa, no una ley. Nada de lo que sigue está vigente: falta que lo aprueben la Cámara de Diputados y el Senado, y que se publique en el Diario Oficial. Hoy siguen valiendo las reglas de 2026, y las cifras pueden cambiar en el Congreso.
Respuesta corta: el Paquete Económico 2027 todavía no es ley. Hacienda lo entregó al Congreso el 8 de septiembre de 2026; la Cámara de Diputados lo discute en octubre y el Senado tiene hasta el 31 de octubre. Si se aprueba como está, desde el 1 de enero de 2027 el RESICO subiría su tope de $3.5 a $5 millones y tendría un IVA opcional de 7%; las retenciones de plataformas no cambian, y la retención por intereses bajaría a 0.68%.
En qué va (calendario)
| Etapa | Fecha |
|---|---|
| Hacienda entrega la iniciativa al Congreso | 8 de septiembre de 2026 |
| Comisión de Hacienda de la Cámara de Diputados | Reunión convocada el 12 de octubre de 2026; sin dictamen publicado todavía |
| Votación en el Pleno de Diputados | A más tardar el 20 de octubre |
| Votación en el Senado | A más tardar el 31 de octubre |
| Publicación en el Diario Oficial (DOF) | Normalmente en la primera mitad de noviembre |
| Entra en vigor | 1 de enero de 2027 |
Mientras no se publique en el DOF, lo que sigue valiendo es la ley de 2026. Esta guía se actualiza en cada etapa.
RESICO: los cambios propuestos
Tope de $5 millones (propuesto)
El límite de ingresos al año para estar en RESICO subiría de $3,500,000 a $5,000,000. Las tasas no cambiarían: irían de 1% a 2.5% sobre lo que cobras en el mes, y la última se aplicaría hasta los $5 millones.
Regresar a RESICO (propuesto)
Hoy, si te sacan del régimen por incumplir, ya no puedes volver. La iniciativa permitiría regresar a partir del año siguiente si te pones al corriente con tus obligaciones y tus ingresos del año anterior no pasaron de $5 millones.
Si pasas de $5 millones a mitad de año (propuesto)
Dejarías RESICO desde el mes siguiente, y los pagos que hiciste en los meses anteriores quedarían como definitivos: no se recalculan con la tarifa general.
IVA opcional de 7% (propuesto)
Es la novedad más comentada. Si se aprueba y la eliges:
- Pagarías 7% de lo que efectivamente cobraste en el mes, como pago mensual y definitivo.
- No restarías el IVA de tus compras ni de tus gastos.
- A tu cliente le seguirías cobrando el 16%. La diferencia entre lo que cobras de IVA y lo que pagas no contaría como ingreso para el ISR.
- Del 7% solo restarías el IVA que te hayan retenido en el mes.
- Las personas físicas que la elijan no llevarían contabilidad, pero seguirían emitiendo y guardando sus facturas.
- Se avisaría al SAT dentro de los 30 días siguientes a tu primer cobro del año y no se podría cambiar durante el año.
Ejemplo con la iniciativa como está (no vigente):
Cobras $50,000 en el mes + IVA de 16% ($8,000)
Con el IVA opcional: pagarías 7% × $50,000 = $3,500
Con el IVA normal: pagas $8,000 − el IVA de tus gastos
La opción convendría si el IVA de tus gastos es menor de $4,500Algo que la iniciativa no aclara: qué pasa si te retienen más IVA que ese 7% (por ejemplo, cuando una empresa te retiene dos terceras partes del IVA).
Plataformas: sin cambio para personas físicas
Para personas físicas, la iniciativa de Ley de Ingresos 2027 repite las tasas vigentes de 2026:
| Actividad | ISR retenido con RFC | IVA retenido |
|---|---|---|
| Transporte de pasajeros y reparto | 2.1% | 8% |
| Hospedaje | 4% | 8% |
| Venta de bienes y servicios | 2.5% | 8% |
| Sin RFC | 20% | 16% |
Y agregaría una aclaración: quien es trabajador de plataforma para la Ley Federal del Trabajo (IMSS) seguiría en el régimen de plataformas para el SAT. Revisa la tabla de retenciones 2026.
Intereses: retención propuesta de 0.68%
La retención anual sobre el capital que tienes en Cetes, pagarés, bonos o SOFIPO bajaría de 0.90% (2026) a 0.68%. Lee cómo se gravan tus inversiones.
Lo que no cambia
La iniciativa no toca la tarifa de los asalariados, el régimen general de honorarios y actividad empresarial, el arrendamiento ni los topes de deducciones personales.
Ya vigente, aunque no es parte del paquete
Desde el 1 de enero de 2027 el SAT aplicará la multa por no habilitar el buzón tributario: de $3,850 a $11,540. Si todavía no lo tienes, habilítalo ahora.
Qué hacer mientras tanto
- Sigue con las reglas de 2026 hasta que el paquete se publique en el DOF.
- Si estás cerca de $3.5 millones de ingresos en RESICO, no cuentes todavía con el tope de $5 millones.
- Si te interesa el IVA de 7%, junta tus facturas de gastos de 2026 para comparar: si el IVA de tus gastos es alto, el IVA normal puede convenirte más.
Contarito sigue el proceso. Cuando el paquete se publique en el DOF, actualizamos esta guía y aplicamos las reglas que queden en la ley.
Para profundizar
- RESICO 2026: qué te saca del régimen y cómo evitarlo
- Tabla de retenciones de plataformas 2026
- Calculadora de RESICO
Fuentes
- Iniciativa de Ley de Ingresos de la Federación 2027, Gaceta Parlamentaria, 8 de septiembre de 2026
- Iniciativa de reforma a la Ley del ISR 2027, Gaceta Parlamentaria
- SHCP, comunicado 71: entrega del Paquete Económico 2027
- Resolución Miscelánea Fiscal 2026, cuarto transitorio (DOF 28 de diciembre de 2025), y Código Fiscal de la Federación, arts. 86-C y 86-D: multa del buzón tributario desde el 1 de enero de 2027
- IDC: propuesta RESICO-PF 2027, límite de $5 millones y nuevo IVA (11 de septiembre de 2026)
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