Impuestos por inversiones y criptomonedas en México 2026
Cómo se gravan tus inversiones en 2026: Cetes y pagarés (retención de 0.90%), acciones en bolsa y SIC (10%), dividendos y criptomonedas. Con fundamento.
Contarito hace esto por ti. Lee tu información del SAT, calcula tus impuestos y te avisa antes de cada vencimiento.
También te sirve: Calcular mi ISR anual →
Si inviertes en Cetes, pagarés, una SOFIPO, acciones o criptomonedas, cada tipo de ganancia paga ISR distinto. Esta guía te dice cómo se grava cada una en 2026 y qué cambia si se aprueba el Paquete Económico 2027.
Resumen rápido
| Inversión | Cómo paga ISR en 2026 | ¿Va en tu anual? |
|---|---|---|
| Cetes, pagarés, bonos, SOFIPO | Retención de 0.90% anual sobre el capital, a cuenta | Sí, si tus intereses reales pasan de $100,000 o si ya presentas anual |
| Acciones en bolsa mexicana, incluido el SIC | 10% sobre la ganancia, pago definitivo | Se informa en la anual |
| Dividendos de empresas mexicanas | 10% retenido, definitivo, más el dividendo en tu anual | Sí |
| Criptomonedas | La ley no tiene un régimen propio | Sí, si vendiste con ganancia |
Intereses: Cetes, pagarés, bonos y SOFIPO
Tu banco, tu casa de bolsa o Cetesdirecto te retienen ISR sobre el capital que tienes invertido, no sobre lo que ganas:
- 2026: 0.90% anual (Ley de Ingresos 2026, art. 24). En 2025 era 0.50%.
- Propuesta 2027: 0.68%. Está en la iniciativa de Ley de Ingresos 2027; todavía la discute el Congreso. Lee qué propone el Paquete Económico 2027.
Ejemplo: si tuviste $100,000 invertidos todo 2026, te retienen alrededor de $900 en el año. Esa retención es a cuenta: en tu declaración anual declaras tus intereses reales (lo que ganaste menos la inflación) y restas lo que te retuvieron. Si te retuvieron de más, te queda saldo a favor.
Cuándo tienes que presentar anual por intereses: si tus intereses reales del año pasan de $100,000, o si ya presentas anual por otros ingresos.
Intereses exentos: los de cuentas de ahorro bancarias, cooperativas de ahorro y SOFIPO, siempre que tu saldo promedio en el año no pase de cinco salarios mínimos anuales (Ley del ISR, art. 93, fr. XX).
Acciones en bolsa (incluido el SIC)
La ganancia por vender acciones que cotizan en la Bolsa Mexicana o en BIVA paga 10% de ISR como pago definitivo (Ley del ISR, art. 129). Esto incluye las acciones y ETF extranjeros que compras por el SIC (Apple, Nvidia, VOO, etc.) a través de una casa de bolsa mexicana.
- El 10% se calcula sobre la ganancia neta del año: tus ganancias menos tus pérdidas.
- Tu casa de bolsa te da una constancia anual con el resultado. Con ella informas la ganancia en tu declaración anual y pagas el 10%.
- Si en el año perdiste, esa pérdida solo se puede restar de ganancias de acciones en los siguientes años.
Compraste acciones por $50,000 y las vendiste en $70,000
Ganancia: $20,000
ISR de 10%: $2,000
Dividendos
Cuando una empresa mexicana te paga dividendos, te retiene 10% como pago definitivo (Ley del ISR, art. 140). Además, el dividendo se suma a tus ingresos en la declaración anual, y puedes acreditar el ISR que la empresa ya pagó. Tu casa de bolsa te da el detalle en la constancia anual.
Si cobras dividendos de acciones de EE. UU., también te retiene el gobierno de ese país. El formulario W-8BEN de tu casa de bolsa sirve para que te apliquen la tasa del tratado entre México y EE. UU.
Criptomonedas
Ni la Ley del ISR ni la Miscelánea Fiscal 2026 tienen un régimen específico para criptomonedas. En la práctica se tratan como la venta de un bien:
- Pagas ISR por la ganancia cuando vendes o cambias tu cripto por pesos, por otra cripto o por un bien.
- La ganancia se suma a tus demás ingresos en la declaración anual, con la tarifa progresiva.
- Comprar y conservar, sin vender, no genera ISR.
Guarda el historial de compras y ventas de tu exchange: sin él no puedes demostrar cuánto pagaste.
El saldo a favor por inversiones
Es común que tu declaración anual salga con saldo a favor, sobre todo si tu retención de 0.90% fue mayor que el ISR de tus intereses reales. En la anual del ejercicio 2025, el SAT devolvió en promedio en 3.9 días a quienes la pidieron en automático. Para saldos de hasta $10,000 basta tu contraseña; de $10,001 a $150,000 necesitas e.firma.
Errores comunes
- Pensar que la retención de Cetes es definitiva. Es a cuenta: si presentas anual, declaras los intereses reales.
- Creer que el SIC paga como sueldo. Las acciones extranjeras compradas por el SIC pagan 10% sobre la ganancia, igual que las mexicanas.
- No descargar la constancia anual de tu casa de bolsa antes de presentar la anual.
- No llevar el historial de tus criptomonedas.
¿Estás en RESICO o en plataformas?
Puedes tener intereses y seguir en RESICO, y también en el pago definitivo de plataformas. Con acciones o dividendos, revisa tu caso: lee qué te saca de RESICO.
Para profundizar
Fuentes
- Ley de Ingresos de la Federación 2026, art. 24
- Ley del ISR, arts. 93, 129, 133 a 136 y 140
- SAT, comunicado 37-2026 sobre la declaración anual 2025
- Iniciativa de Ley de Ingresos 2027, Gaceta Parlamentaria, 8 de septiembre de 2026
Guía informativa. No sustituye la asesoría profesional para tu caso.
¿Listo para automatizarlo?
Termina de leer. Tu fiscal sigue donde la dejaste.
Suma intereses, dividendos y ganancias bursátiles. Sin perderte el saldo a favor. Cancelas cuando quieras, sin plazos forzosos. Migración gratis al contratar.
Tus inversiones también pagan impuestos
Contarito lee tus constancias de retención del intermediario, separa rendimientos de ganancia de capital y calcula tu impuesto anual sin hojas de cálculo.